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Artículo 40 quáter de la Ley 20.084

Establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244803 / 10398145.

Texto oficial

Artículo 40 quáter.- Remisión de antecedentes. Si la condena impusiere las penas de reparación del daño causado, prestación de servicios en beneficio de la comunidad o amonestación y en el curso del proceso se conocieren antecedentes que den cuenta de que el condenado presenta adicción a las drogas o al alcohol, el tribunal ordenará en la misma sentencia que dichos antecedentes sean remitidos a la autoridad competente, según se trate de un condenado menor o mayor de edad, para la adopción de las medidas o acciones que corresponda aplicar.