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Artículo 16 de la Ley 4.144 · Creacion de la superintendencia del salitre y yodo

Creacion de la superintendencia del salitre y yodo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24509 / 8829245.

Texto oficial

Art. 16. Se deroga, respecto de la zona salitrera, la ley número 3,915, de 27 de Agosto de 1923. La movilización de sacos de un peso superior a ochenta kilógramos, deberá hacerse por medios mecánicos aceptados por la Superintendencia.