Texto oficial
Párrafo IV {Arts. 38-40}
Administración de la Caja
Art. 38. La Administración de la Caja estará a cargo de un administrador bajo la vigilancia inmediata del Superintendente y del Consejo Salitrero.
La fiscalización de las operaciones y de la contabilidad, corresponderá a la Contraloría General de la República, la cual tendrá, respecto de la Caja de Fomento Salitrero, todas las atribuciones que tiene en lo que toca a las finanzas fiscales.