Texto oficial
Art. 50. El Superintendente entregará al Banco Central todos los datos que solicite y efectuará las inspecciones que el Banco Central estime convenientes en vista del cumplimiento del presente título de la ley.
Creacion de la superintendencia del salitre y yodo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24509 / 8829279.