Texto oficial
Artículo 3.o La Dirección General del Crédito
Popular y de Casas de Martillo ejercerá la fiscalización
de los remates que se lleven a cabo en conformidad a esta
ley, de acuerdo con el reglamento que se dictará al efecto.
Dispone que las ferias de animales y las de productos agricolas podran vender en publica subasta animales y productos agricolas en las condiciones que se indican
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245316 / 9004984.