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Artículo 2 de la Ley 4.176

Modifica articulo 4.º de la ley 4,157 y autoriza presidente república para disponer la impresión a que se refiere el articulo 2.º transitorio de la citada ley.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24538 / 7168286.

Texto oficial

Art. 2.o Autorízase al Presidente de la República para que, al disponer impresión a que se refiere el artículo 2.o transitorio de la citada ley número 4,157, incluya la modificación que contempla el artículo anterior.