Saltar al contenido

Artículo 10 de la Ley 4.180 · Aprueba proyecto de pavimentacion de santiago

Aprueba proyecto de pavimentacion de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24542 / 10063415.

Texto oficial

Art. 10. La amortización se hará por licitación mientras los bonos se coticen a menor precio de su valor nominal y por sorteo a la par en caso de cotizarse a igual o mayor precio. La Municipalidad podrá efectuar en todo tiempo amortizaciones extraordinarias. Los bonos que se retiren de la circulación, por amortizaciones ordinarias o extraordinarias, se archivarán después de inutilizarlos en la forma que determine el Reglamento.