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Artículo 9 transitorio de la Ley 4.180 · Aprueba proyecto de pavimentacion de santiago

Aprueba proyecto de pavimentacion de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24542 / 10063484.

Texto oficial

Art. 9.o La oficina que hará, mientras se dota de local apropiado a la Tesorería Fiscal de Santiago, el cobro de los impuestos basados en el avalúo de los bienes raíces, tendrá las obligaciones que señala el inciso primero del artículo 30, y semanalmente remesará a la Tesorería Fiscal de Santiago las cantidades que hubiere recaudado por cobro del uno por mil adicional sobre el impuesto de haberes a que se refiere la letra a) del artículo 20.