Texto oficial
Artículo 26.o Los aportes de nuevos capitales extranjeros, sus ampliaciones y modificaciones, serán registrados en la Comisión de Cambios Internacionales.
Fija normas sobre inversiones de capitales extranjeros en chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245440 / 6554165.