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Artículo 3 del Decreto 910

Aprueba reglamento para el transporte y tránsito de personas en red de metro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245443 / 8573080.

Texto oficial

Art. 3º.- El contrato de transporte produce sus efectos desde el momento en que el pasajero inicia el ingreso al coche del Metro que efectuará su transporte y hasta el instante en que haya descendido de dicho coche.