Texto oficial
Art. 3º.- El contrato de transporte produce sus
efectos desde el momento en que el pasajero inicia el
ingreso al coche del Metro que efectuará su transporte y
hasta el instante en que haya descendido de dicho coche.
Aprueba reglamento para el transporte y tránsito de personas en red de metro
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245443 / 8573080.