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Artículo 9 del Decreto 910

Aprueba reglamento para el transporte y tránsito de personas en red de metro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245443 / 8573086.

Texto oficial

Art. 9º.- La Dirección General del Metro estará exenta de responsabilidad en caso de accidente, cuando éste se deba a infracción por parte del usuario, a los reglamentos que rigen el servicio del Metro; a negligencia o imprudencia de la víctima, o a inobservancia de las instrucciones de seguridad impartidas por los Agentes del Metro.