Saltar al contenido

Artículo 23 del Decreto 910

Aprueba reglamento para el transporte y tránsito de personas en red de metro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245443 / 8573103.

Texto oficial

Art. 23º.- Sólo en los casos en que la función específica o el trabajo a ejecutar lo hiciere imprescindible, las prohibiciones establecidas en los Nºs. 3, 7, 14, 17, 18, 19, 20, 30 y 31 del artículo 21º del presente Reglamento, no se aplicarán al personal del Metro o de las empresas que efectúen trabajo para la Dirección General de Metro, debiendo, en todo caso, dar estricto cumplimiento a las normas e instrucciones de seguridad.