Texto oficial
Art. 10. Exceptúase al petróleo de entre las substancias que, conforme al inciso 1.o del artículo 63 del Código de Minería, acceden al dueño de una pertenencia metalífera.
Autoriza al presidente de la república conceder;permiso para explorar y explotar petróleo y fija;condiciones de la concesión.
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