Texto oficial
Art. 7.o. El Superintendente de las Compañías de Seguros será nombrado por el Presidente de la República y tendrá un sueldo anual de 60,000 pesos.
El demás personal, entre el cual habrá un Actuario Jefe, con remuneración de 48,000 pesos al año; un Inspector Contador Jefe, con 36,000 pesos de sueldo anual; un Asesor Jurídico, con 24,000 pesos de sueldo anual, serán nombrados por el Presidente de la República a propuesta del Superintendente, quien determinará, también, sus obligaciones. La remuneración del resto del personal será fijada por el Presidente de la República a propuesta del Superintendente.