Texto oficial
Art. 48. Las pólizas, recibos o cualquier otro documento que sea cambiado entre compañías en virtud de operaciones de reseguros, no llevarán estampillas de impuesto.
Ley 4.228
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24585 / 8829343.