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Artículo 48 de la Ley 4.228

Ley 4.228

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24585 / 8829343.

Texto oficial

Art. 48. Las pólizas, recibos o cualquier otro documento que sea cambiado entre compañías en virtud de operaciones de reseguros, no llevarán estampillas de impuesto.