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Artículo 14 de la Ley 4.233

Autoriza la expropiación de terrenos y edificios para la construcción de la avenida bolívar (carmen, vicuña mackenna, diez de julio)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24590 / 8277340.

Texto oficial

Art. 14. La altura y tipo de los edificios que se construyan en los terrenos laterales de la Avenida, se sujetarán a las reglas que determine el Presidente de la República, a propuesta de la Municipalidad, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la promulgación de esta ley.