Texto oficial
Art. 3.o Si en el Presupuesto Extraordinario figuran gastos que por su naturaleza fueran Ordinarios el Congreso tendrá facultad para trasladar dichos gastos al Presupuesto Ordinario.
Ley 4.303
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24644 / 7168496.