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Artículo 25 de la Ley 4.322 · Ley sobre impuesto de timbres, estampillas y papel sellado

Ley sobre impuesto de timbres, estampillas y papel sellado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24661 / 7168657.

Texto oficial

Art. 25. Los impuestos que establece la presente ley serán de cargo de quien emita el documento, y el emisor será el primer responsable de las infracciones sin perjuicio de la misma responsabilidad para quien reciba un documento sin impuesto o con las estampillas no inutilizadas, conforme a la ley. Quedan comprendidas en esta disposición todas las empresas de carácter comercial que administran fondos fiscales.