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Artículo 22 de la Ley 4.388

Establece impuestos a los billetes o entradas a los espectaculos y a los discos y demás piezas musicales adaptables a instrumentos de funcionamiento mecanico.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24705 · idParte: 9078665

Texto oficial

TITULO IV {ARTS. 22-31} Del procedimiento Art. 22. Las multas establecidas en la presente ley, serán aplicadas administrativamente por la Dirección General de Impuestos Internos, previo el correspondiente denuncio escrito.