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Artículo 3 de la Ley 4.402 · Fija la organización de los servicios de correos y telegrafos

Fija la organización de los servicios de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24711 / 8277456.

Texto oficial

Art. 3.o Los vehículos de carga y pasajeros que hagan servicios interurbanos o rurales, estarán obligados al transporte de valijas de correos, mediante la liberación de las patentes municipales y de todo otro impuesto a que estén obligados esta clase de vehículos.