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Artículo 32 de la Ley 4.404 · Crea la inspeccion general de sociedades anónimas y operaciones bursatiles

Crea la inspeccion general de sociedades anónimas y operaciones bursatiles

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24712 / 9028010.

Texto oficial

Art. 32. La Ley Anual de Presupuestos consultará anualmente en el Ministerio correspondiente una suma hasta de 50.000 pesos para atender al pago de los viáticos y pasajes de los empleados públicos y de los honorarios de los peritos técnicos a que se refiere el artículo 30.