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Artículo 29 de la Ley 4.409 · "colegio de abogados"

"colegio de abogados"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24716 / 7168788.

Texto oficial

Art. 29. Habrá reunión ordinaria en la segunda quincena del mes de Abril de cada año. En ella el Consejo presentará una memoria de la labor del Colegio, durante el año precedente y un balance de su estado económico. Este balance será sometido a la aprobación de la Contraloría General de la República.