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Artículo 2 transitorio de la Ley 4.430

Ley 4.430

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24732 / 8853315.

Texto oficial

Art. 2.o Agrégase al decreto-ley número 718, de 13 de Noviembre de 1925, el siguiente artículo transitorio: "En el proyecto de Ley de Presupuestos correspondiente al año 1930, el Ejecutivo deberá proponer las plantas definitivas y las clasificaciones de gastos, conforme a la presente ley de los servicios que, en el Presupuesto correspondiente a 1928, han sido clasificados en el ítem Presupuestos Globales". Estas plantas serán las definitivas de dichos servicios y sólo podrán ser modificadas por una ley de la República.