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Artículo 14 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 83

Fija reglamento del DFL nº 235, de 1999, que establece sistema de incentivos para la recuperacion de suelos degradados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247405 / 8049869.

Texto oficial

Artículo 14.- El interesado deberá formalizar su postulación al subsidio mediante una solicitud en la cual se indicará lo siguiente: 1. Nombre, rol único tributario o cédula nacional de identidad y dirección del interesado. 2. Nombre y ubicación de la superficie o superficies del o de los predios que se beneficiarán con el plan, indicando las coordenadas georreferenciadas de cada potrero bajo plan de manejo. 3. Información que acredite su condición de pequeño productor agrícola de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley Nº 18.910, en su caso.