Texto oficial
Artículo 15.- La solicitud deberá contener o
presentarse acompañada de los siguientes documentos:
a) El Plan de Manejo y los antecedentes señalados en los
artículos 11, 12 y 13.
b) Declaración jurada simple, indicando que son efectivos
todos los antecedentes acompañados; que se compromete a
asumir el pago de la diferencia del costo de las prácticas
objeto de incentivos no cubierto por el Sistema y que
señale, cuando corresponda, lo que sigue:
i. No haber recibido en temporadas anteriores
bonificaciones del sistema, destinadas al potrero o sector
respecto del cual postula, considerando lo señalado y
establecido en el artículo 5º de este reglamento.
ii. Tener en existencia, al momento de presentar el plan
de manejo, insumos en óptimo estado que se aplicarán en el
predio.
iii. Propósito de iniciar la ejecución del Plan de
Manejo con anticipación, de acuerdo a lo señalado en el
artículo 27 de este reglamento.
iv. No haber variado la situación jurídica del predio,
en caso de tratarse de un predio ya postulado en concursos
anteriores.
v. Conocer el reglamento del Sistema y las bases del
concurso respectivo.
vi. En los programas de rehabilitación de suelos,
declaración de uso agrícola de la parte habilitada en la
próxima temporada.
vii. Que el predio presentado a concurso ante el SAG no
tiene un plan de manejo pendiente ante INDAP, o que un
predio presentado ante INDAP no tenga un plan de manejo
pendiente ante el SAG.
c) Certificado extendido por la comunidad, por la CONADI o
por el Ministerio de Bienes Nacionales, en su caso,
tratándose de los beneficiarios señalados en el inciso
tercero del artículo 22 de este reglamento. Tratándose de
comunero por sucesión hereditaria, copia del auto de
posesión efectiva o de la inscripción especial de herencia
en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente,
respecto del predio objeto del subsidio y declaración
jurada del mismo sobre el uso efectivo que hace del predio.
d) Tratándose de personas jurídicas, copia de la
escritura de constitución de la sociedad y sus
modificaciones posteriores, si correspondiere; copia de la
inscripción en el Registro de Comercio con certificado de
vigencia del extracto de la escritura de constitución de la
sociedad y de sus modificaciones, si correspondiere; copia
de la publicación en el Diario Oficial del extracto de la
escritura de constitución de la sociedad y de sus
modificaciones, si correspondiere, y la personería de su
representante. Si se tratare de una segunda o posterior
postulación y no habiendo variado ningún aspecto legal
contenido en los antecedentes precedentemente señalados, el
interesado podrá omitir una nueva presentación de éstos
adjuntando una declaración jurada simple en este sentido.
e) Copia del contrato de certificación orgánica entre el
productor y la empresa certificadora orgánica, en su caso.
f) Fotocopia de la cédula de identidad en el caso de
personas naturales o fotocopia del RUT en el caso de
personas jurídicas.
No podrán postular a los incentivos a que se refiere
este reglamento aquellos interesados cuyas solicitudes no
adjunten o no contengan la información requerida por este
artículo.