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Artículo 26 de la Ley 4.460

Ley 4.460

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24745 / 7168941.

Texto oficial

Art. 26. La contribución que sobre los certificados de exámenes y títulos profesionales, establecen los números 155 y 159 inclusives, del artículo 7.o de esta ley, se pagará por medio de estampillas adheridas al diploma respectivo.