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Artículo 7 del Decreto 126

Sustituye decreto nº 139, de 1998, que introduce modificaciones al decreto nº 52, de 1995, que reglamenta becas indigenas y fija su texto refundido

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247480 / 6562068.

Texto oficial

Artículo 7º: Las Comisiones Regionales del Programa tendrán las siguientes funciones: a) Proponer los postulantes preseleccionados para recibir el beneficio de la Beca; b) Proponer al Director Regional de Junaeb criterios para la mantención o renovación de la beca; c) Proponer al Director Regional de Junaeb criterios para la suspensión de la beca; d) Analizar la presentación de solicitudes y peticiones especiales; y e) Proponer fundadamente la suspensión del beneficio.