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Artículo 11 (DEL ART. UNICO (DEL ART UNICO)) de la Ley 4.520

Ley 4.520

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24754 / 7169037.

Texto oficial

Art. 11. La segunda parte del presupuesto de entradas contendrá todas las partidas de ingresos, clasificadas según la importancia de sus respectivas fuentes y en el siguiente orden: a) Bienes nacionales; b) Servicios nacionales; c) Impuestos directos e indirectos; y d) Entradas varias. El presupuesto de entradas señalará las leyes que facultan la percepción de los ingresos.