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Artículo 10 de la Ley 4.558 · Ley num. 4,558 sobre quiebras

Ley num. 4,558 sobre quiebras

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24757 / 7169102.

Texto oficial

Art. 10. Establécese la Sindicatura General de Quiebras como organismo auxiliar de los tribunales de justicia, con el objeto de administrar y realizar los bienes de las personas que caigan en falencia, liquidar y pagar sus deudas y desempeñar las demás funciones que le encomienda la presente ley.