Texto oficial
Art. 221. la oposición de los acreedores a la cesión se substanciará con audiencia del síndico y del deudor, con arreglo al procedimiento del juicio sumario.
Ley num. 4,558 sobre quiebras
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24757 / 7169354.