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Artículo 10 de la Ley 4.589 · Establece un aumento adiicional de 10% sobre contribuciones a sitios eriazos, en santiago

Establece un aumento adiicional de 10% sobre contribuciones a sitios eriazos, en santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24762 / 8277534.

Texto oficial

Art. 10. La Comisión Calificadora dispondrá de la cooperación del personal técnico del Departamento de Obras Municipales y de la Dirección de Impuestos Internos para desempeñar su cometido. La forma de realizar sus labores y las atribuciones que le correspondan, serán fijadas por el Reglamento que dicte el Presidente de la República.