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Artículo 12 de la Ley 4.589 · Establece un aumento adiicional de 10% sobre contribuciones a sitios eriazos, en santiago

Establece un aumento adiicional de 10% sobre contribuciones a sitios eriazos, en santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24762 / 8277536.

Texto oficial

Art. 12. El Departamento de Obras de la Municipalidad de Santiago, elaborará, de acuerdo con las resoluciones adoptadas por la Comisión, un Rol especial de impuesto que corresponda pagar a los sitios eriazos y las construcciones inapropiadas, que deberá estar terminado antes del 1.o de Febrero de cada año. Para la confección de este Rol, se tomará como base el Rol General de Avalúo.