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Artículo 10 de la Ley 4.600

Autoriza al presidente de la república para suscribir $ 48.000,000 en acciones de la compañía electro-siderurgica e industria de valdivia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24765 · idParte: 7169405

Texto oficial

Art. 10. Autorízase al Presidente de la República para contratar en total o por parcialidades un empréstito interno o externo, que produzca en total $ 48.000,000. El tipo de interés será de siete por ciento (7%) en el primer caso, y de seis por ciento (6 %) en el segundo caso. La amortización será en ambos casos de uno por ciento (1%) acumulativo anual. El producto de este empréstito será destinado al pago de las acciones fiscales de la Compañía Electro-Siderúrgica e Industrial de Valdivia.