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Artículo 2 de la Ley 4.606 · Fija la planta, grados y sueldos del personal de;correos y telégrafos de la república

Fija la planta, grados y sueldos del personal de;correos y telégrafos de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24770 / 8829450.

Texto oficial

Art. 2.o Fíjase la planta, grados y sueldos del personal de Correos y Telégrafos, en la forma siguiente: Grado 1.o Un director general, con sesenta mil pesos anuales; Grado 2.o Tres jefes de departamentos. Correos, Telégrados y Contabilidad y Control, cada uno con cuarenta mil pesos anuales; Grado 3.o Cinco inspectores visitadores y dos jefes de sectores, Santiago y Valparaíso, cada uno con treinta y seis mil pesos anuales; Grado 4.o Ocho Jefes de sección: Interior, Internacional, Red, Tráfico, Contabilidad, Control, Personal y Bienestar; y un jefe de sector, Santiago-telégrafos, cada uno con treinta mil pesos anuales; Grado 5.o Cinco jefes de sectores: Iquique, Antofagasta, Concepción, Santiago-Sucursales y Valparaíso-telégrafos; y un examinador jefe de cuentas, cada uno con veintisiete mil pesos anuales; Grado 6.o Seis jefes de sectores: Arica, Talca, Chillán, Temuco, Valdivia y Magallanes; un subinspector de telégrafos; un subjefe de sector, Valparaíso-correos; un contador, Dirección General, y un cajero, Dirección General, cada uno con veinticuatro mil pesos anuales; Grado 7.o Dos jefes de sectores: Copiapó y Serena; un subjefe de sector, Valparaíso-3; un abogado consultor y tres examinadores de cuentas, Dirección General, cada uno con veintiún mil pesos anuales; Grado 8.o Cuatro jefes de sectores: Rancagua, Linares, Los Angeles y Puerto Montt; dos subinspectores postales; un subinspector de telégrafos; un pagador de sueldos, Santiago; cuatro subjefes de sectores, dos en Antofagasta y dos en Concepción; un contador traductor del servicio internacional de la Dirección General; y un jefe de la movilización de Santiago, cada uno con dieciocho mil seiscientos pesos anuales; Grado 9.o Once oficiales mayores; cinco telegrafistas mayores; un traductor y seis administradores, cada uno con catorce mil cuatrocientos pesos anuales; Grado 10.o Doce administradores; un traductor; diecisiete oficiales; trece telegrafistas; tres auxiliares de telégrafos y un maestro mayor de taller, cada uno con trece mil doscientos pesos anuales; Grado 11.o Veinticinco oficiales; veintisiete telegrafistas; tres auxiliares de telégrafos, y dos médicos de clínica, cada uno con doce mil pesos anuales; Grado 12.o Cinco administradores y trece ambulantes, cada uno con once mil cuatrocientos pesos anuales; Grado 13.o Cincuenta y ocho oficiales; cincuenta y cinco telegrafistas, y cinco auxiliares de telégrafos, cada uno con diez mil ochocientos pesos anuales; Grado 14.o Quince administradores; cien oficiales; noventa y dos telegrafistas; ocho auxiliares de telégrafos; treinta ambulantes; cinco jefes de cuadrillas y tres mecánicos, cada uno con nueve mil seiscientos pesos anuales; Grado 15.o Ciento sesenta y cinco oficiales; ciento cuarenta y ocho telegrafistas; diecisiete auxiliares de telégrafos; cuarenta ambulantes; seis jefes de cuadrillas, y cinco mecánicos, cada uno con ocho mil cuatrocientos pesos anuales; Grado 16.o Dieciséis administradores; cuatro buzoneros y cinco jefes de cuadrillas, cada uno con siete mil ochocientos pesos anuales; Grado 17.o Ciento sesenta oficiales; ciento cuarenta y cuatro telegrafistas; veintiún auxiliares de telégrafos; cincuenta y cinco ambulantes; cinco agentes postales telegráficos; seis mecánicos; ocho guardahilos; cuatro buzoneros y diez empaquetadores, cada uno con siete mil doscientos pesos anuales; Grado 18.o Dieciséis administradores; ciento ochenta oficiales; ciento cincuenta y cinco telegrafistas; treinta auxiliares de telégrafos; cuatro agentes postales; setenta y siete agentes postales telegráficos; diez mecánicos; ciento veinte guardahilos; cuatro buzoneros; cincuenta y cinco empaquetadores; siete choferes y dos mayordomos, cada uno con seis mil pesos anuales; Grado 19.o Ciento treinta y cinco oficiales; ciento cuarenta y cinco auxiliares de telégrafos; cuarenta y ocho agentes postales telegráficos; ciento cincuenta guardahilos; cuatro buzoneros; ciento veinticinco empaquetadores; trece choferes, y cuatro mayordomos, cada uno con cuatro mil ochocientos pesos anuales; Grado 20.o Ciento dos agentes postales telegráficos; dieciséis choferes y nueve porteros, cada uno con cuatro mil doscientos pesos anuales; Grado 21.o Cuarenta y seis agentes postales telegráficos; ciento cuarenta empaquetadores; ocho porteros y veinte cargadores, cada uno con tres mil seiscientos pesos anuales; Grado 22.o Ochenta aspirantes de correos; sesenta aspirantes de telégrafos; cuarenta carteros y veinte mozos, cada uno con tres mil pesos anuales; Grado 23.o Cuarenta carteros y doce mozos, cada uno con dos mil cuatrocientos pesos anuales; Grado 24.o Cien carteros y ciento veinte mensajeros, cada uno con mil ochocientos pesos anuales; Grado 25.o Cincuenta carteros y cien mensajeros, cada uno con mil doscientos pesos anuales; Grado 26.o Ochenta mensajeros, cada uno con novecientos pesos anuales; Grado 27.o Ciento cinco mensajeros, cada uno con seiscientos pesos anuales.