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Artículo 5 de la Ley 4.606 · Fija la planta, grados y sueldos del personal de;correos y telégrafos de la república

Fija la planta, grados y sueldos del personal de;correos y telégrafos de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24770 / 8829453.

Texto oficial

Art. 5.o El Director General será de nombramiento exclusivo del Presidente de la República, quien designará, además, a propuesta de aquél, los empleados superiores y de número. Los empleados subalternos serán nombrados por el Director General.