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Artículo 23 (DEL ART. 1) del Decreto 296

Aprueba reglamento del regimen artesanal de extraccion establecido en el ar-ticulo 48 a de la ley general de pesca y acuicultura

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247857 / 6563489.

Texto oficial

Artículo 23. Responsabilidades. La infracción a las disposiciones del presente reglamento y a los actos administrativos de aplicación particular del mismo, serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en los títulos IX y X de la Ley General de Pesca y Acuicultura.