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Artículo 5 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829474.

Texto oficial

Párrafo II.- De las formalidades de la emisión {ARTS. 5-8} Art. 5.o Para proceder a la emisión de bonos, deberá celebrarse previamente entre la sociedad emisora y el representante o los representantes de los futuros tenedores de bonos, un contrato por escritura pública en que se harán constar todas las condiciones del empréstito.