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Artículo 29 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829498.

Texto oficial

Art. 29. Los representantes de los tenedores de bonos podrán, con autorización de la junta de tenedores de bonos, aceptar substituciones de las garantías constituídas, o alzarlas parcialmente, aun cuando no estuviere cancelada totalmente la emisión.