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Artículo 31 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829500.

Texto oficial

Párrafo VI.- De la amortización y pago de los bonos. {ARTS. 31-46} Art. 31. El plazo para la amortización o pago total de los bonos no podrá, en ningún caso, ser superior al tiempo que falte para la expiración del término fijado como duración de la sociedad emisora.