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Artículo 32 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829501.

Texto oficial

Art. 32. Las amortizaciones ordinarias o extraordinarias de los bonos se efectuarán por medio de sorteo de los títulos respectivos, y sólo en las fechas y condiciones establecidas en la escritura de emisión.