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Artículo 48 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829517.

Texto oficial

Art. 48. Serán objeto de las deliberaciones y acuerdos de la junta, la elección de nuevos representantes en reemplazo de los que falten por cualquier motivo, la revocación de los designados en la escritura de emisión o de los elegidos posteriormente, la autorización para los actos en que la ley la requiera o la soliciten los representantes, y, en general, los demás asuntos de interés común de los tenedores de bonos.