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Artículo 59 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829528.

Texto oficial

Art. 59. Cuando una sociedad hubiere hecho distintas emisiones de bonos en diferentes condiciones de interés, de amortización o de garantía, los tenedores de los bonos correspondientes a cada una de las distintas emisiones, constituirán juntas separadas e independientes.