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Artículo 63 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829532.

Texto oficial

Art. 63. Todo cambio en las personas de los representantes deberá ser anotado al margen de la inscripción de la escritura de emisión, y de las inscripciones hipotecarias o prendarias, en su caso.