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Artículo 65 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829534.

Texto oficial

Art. 65. Los representantes podrán examinar por sí o por las personas que ellos designen, los libros y documentos de la sociedad y asistir, sin derecho a voto, a las reuniones del directorio y de la junta general de accionistas. Deberán velar especialmente por el pago oportuno a todos los tenedores de bonos, y sin preferencias entre ellos, de los correspondientes intereses y de los bonos sorteados o vencidos.