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Artículo 73 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829542.

Texto oficial

Art. 73. Declarada la sociedad en quiebra, concurso o liquidación, los representantes de los tenedores de bonos continuarán en el desempeño de sus cargos, y serán siempre aplicables las disposiciones del artículo 67 y todas las demás que no fueren incompatibles con dichas situaciones.