Texto oficial
"Artículo 5.o El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputará a la mayor entrada que produzca la ley número 4,536, de 18 de Enero de 1929".
Ley 4.670
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24822 / 7169518.