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Artículo 47 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley n° 2.763, de 1979 y de las leyes n° 18.933 y n° 18.469.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 249177 / 8653857.

Texto oficial

Artículo 47.- Un reglamento, suscrito por los D.L. N° 2763/79 Ministros de Salud y de Hacienda, regulará los requisitos Art. 25 P que deberá cumplir el Establecimiento, los que se Ley N° 19.937 referirá