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Artículo 71 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley n° 2.763, de 1979 y de las leyes n° 18.933 y n° 18.469.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 249177 / 8653891.

Texto oficial

Artículo 71.- La administración superior de la Central corresponderá a un Director, que será seleccionado, D.L. Nº 2763/79 designado y evaluado conforme al Título VI de la ley N° Art. 49 19.882. El Director será el jefe superior de la Central y D.F.L. N° 37/03, tendrá su representación judicial y extrajudicial. M. de Hacienda