Texto oficial
Planta, sueldos, asignaciones y bonificaciones de los
cónsules de profesión.
Art. 11.o El número de funcionarios consulares de
profesión será de 57, distribuídos como sigue, y con los
sueldos anuales que se indican:
3 Cónsules Generales de Primera
Clase, con- - - - - - - - - - - - $ 80,000
10 Cónsules Generales de Segunda
Clase, con- - - - - - - - - - - - 60,000
8 Cónsules Generales de Tercera
Clase, con- - - - - - - - - - - - 50,000
11 Cónsules Particulares de Primera
Clase, con- - - - - - - - - - - - 45,000
13 Cónsules Particulares de Segunda
Clase, con- - - - - - - - - - - - 40,000
7 Cónsules Particulares de Tercera
Clase, con- - - - - - - - - - - - 36,000
5 Vicecónsules, con- - - - - - - 16,000
Los funcionarios consulares que se encuentren en la
localidad donde deben ejercer sus funciones, tendrán
derecho a percibir sus sueldos desde el día de su
nombramiento. Los que no se encuentren en estas
circunstancias, los devengarán desde 15 días antes de
partir del punto en que residan.