Texto oficial
Art. 38. A la Partida D se destinarán las sumas que el
ítem 7 del Presupuesto Ordinario Nacional destine a la
conservación de caminos y puentes construídos por medio de
empréstitos por concepto de excedente de las rentas creadas
en el artículo 30 de esta ley para el servicio de los
empréstitos de caminos y puentes.